La complejidad de los conceptos del recibo, y los continuos cambios que se producen en el sector, provocan la confusión de los consumidores.

Las facturas se han complicado, pero los contadores no han evolucionado mucho. Foto CC BY Procsilas Moscas.
Pagar las facturas es uno de los momentos más desagradables de los primeros días de cada mes. El recibo de la luz, además de producir una merma en nuestros bolsillos, crea confusión en el consumidor, que tiene que pagar sin entender los conceptos por los que los hace. En enero de este año, en medio de la batería de reformas del nuevo Gobierno, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, anunció que la facturación de la luz volverá a ser bimestral. La medida, que tomará la forma de Real Decreto, pretende volver a la situación anterior a 2008, cuando el Gobierno de Zapatero estableció que los recibos de la luz debían emitirse cada mes.
El ministerio justifica esta medida por las numerosas reclamaciones que los usuarios de las empresas energéticas interponen por la complejidad de las facturas de consumo eléctrico. En este sentido, se pronunció la asociación de consumidores FACUA que, tras el anuncio, expresó su satisfacción “ante la decisión del Gobierno de acabar, después de las reiteradas reivindicaciones y denuncias de las organizaciones de consumidores, con el sistema de facturación mensual de la electricidad”.
En un reciente estudio, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) puso de manifiesto el grado de insatisfacción de los usuarios de los servicios eléctricos. Al parecer, los consumidores se quejan a la OCU de la deficiente información que reciben por parte de las compañías eléctricas. En este sentido, desde la organización insisten: “hay que ignorar los menús automatizados y pedir hablar con un operador cuando intentemos comunicarnos con la compañía eléctrica”.
José María Múgica, de la OCU, aconseja a los usuarios decantarse por las tarifas de último recurso: “actualmente, la mejor opción, salvo que tengamos muy clara otra posibilidad, es optar por este tipo de tarifas”. Las tarifas a las que se refiere Múgica son las llamadas “sociales”, caracterizadas por estar controladas por el Gobierno. Fueron creadas por el Ministerio de Industria y se diferencian de la tarifa general en que la potencia contratada resulta gratuita. Es decir, el consumidor no paga un término fijo de potencia y sólo paga por lo que consume, al no contratar con la comercializadora tradicional.
El fin que se busca con ellas es proteger al usuario de las fluctuaciones del recibo, pese a que el precio por kilovatio es un poco más elevado de lo habitual. Desde la OCU aconsejan su contratación, porque garantiza un precio al margen de las políticas de las compañías eléctricas. La forma de contratar este servicio es muy sencilla: la potencia contratada deberá ser inferior a 10 kw y sólo hace falta ponerse en contacto con un comercializador de último recurso, que el consumidor podrá elegir de entre las principales compañías eléctricas: Endesa, Iberdrola, Gas Natural, Hidrocantábrico y E.On.
Desde la Comisión Nacional de Energía, aseguran que el ahorro anual por elegir esta tarifa es de unos 55 euros, incluyendo impuestos, si el usuario mantiene su potencia habitual. En el caso de que optase por reducir la potencia contratada, el ahorro podría llegar a los 80 euros al año.
Lo más preocupante de esta situación es que los consumidores se ven obligados a pagar por algo que ni siquiera entienden. Según el Ministerio de Industria, la decisión de cambiar el período de facturación, de uno a dos meses, busca que el consumidor pague por lo que consume. La razón es la siguiente: cuando la facturación se hacía de forma mensual, el consumo se calculaba de forma estimada, es decir, lo que paga el usuario es un cálculo estimado por la compañía y, por tanto, no es real. Como las lecturas no se hacían todos meses, era necesario hacer estimaciones aproximadas del gasto, lo que inducía a confusión al consumidor, que no sabía exactamente cuánto consumía.
En otras palabras, dado que para las compañías no era posible contabilizar el gasto cada mes, un mes la factura era estimada y, al siguiente, se hacía el cálculo real. No obstante, la medida contempla la posibilidad de que, quien quiera, siga utilizando el método de facturación mensual. En ese sentido, el Gobierno ha decidido dejar en manos de los consumidores la elección del período de facturación, de manera que quienes opten por la factura bimensual obtendrán los datos de consumo reales, y los que opten por el método mensual estarán sujetos a la estimación en meses alternos.
La factura
¿Alguna vez se ha preguntado por qué resulta ininteligible el recibo de la luz? Lo cierto es que la mayor parte de los usuarios, según FACUA, tienen graves problemas para saber en qué se basa la factura del consumo eléctrico. En este sentido, algunas compañías han intentado, mediante campañas de información, hacer entender los conceptos que aparecen en ella.
En toda factura aparecen dos fechas. Una es un día concreto (por ejemplo: 10/2/2012), e indica el día en que se expide el recibo. La otra es un período de tiempo, antes de un mes y ahora de dos meses, que marca desde que empieza a contarse la facturación hasta el último día de consumo que se pagará en esa factura.
Consumo eléctrico. En este apartado, solían aparecer dos conceptos; por un lado, lectura real, es decir: los kw que se han consumido realmente de acuerdo con lo que indica el contador; por otro, lectura estimada, que desaparecerá con la nueva medida, y que consiste en que, al no existir el dato real de consumo de ese mes, se toma como referencia el gasto del mismo mes en el año anterior con la inseguridad que ello conlleva.
Potencia contratada. En todo contrato de suministro eléctrico se fija la cantidad tope de energía que se proporciona al consumidor en un momento determinado. Junto a este apartado, aparece un concepto de enorme relevancia: la tarifa de acceso. Esta tarifa es una cantidad que fija el Gobierno por hacer uso de la red de suministro eléctrico, es decir: es un tributo que el particular paga al Estado por hacer uso de las redes de distribución de la energía eléctrica. Pero, sin duda, lo más importante y también lo más complejo es la forma de calcular la facturación. La cantidad a pagar se calcula teniendo en cuenta determinadas variables, de forma que pagamos por varios conceptos que se calculan por separado.
En primer lugar, hay que calcular lo que pagas por la potencia que tienes contratada. Esto se hace multiplicando los días de facturación por la cantidad de potencia contratada y el precio diario de esa potencia que podemos “elegir” al optar por las diferentes tarifas que ofrecen las compañías. A continuación, debemos calcular el coste consumo, es decir: lo que se paga por la luz consumida. Para ello multiplicamos lo que hemos consumido por el precio de la energía. Por ejemplo, si hemos consumido 22 kw de luz ese mes, lo multiplicamos por el precio de energía en ese momento. Si utilizamos un método estimado, la facturación incluirá un apartado de regulación de la estimación en el que se compensa el exceso pagado el mes estimado, si los datos no fueron correctos.
Impuesto sobre la electricidad. Se trata de un tributo que fija el gobierno y que grava el uso de la electricidad. Se calcula aplicando un tipo del 4,864% a un factor determinado por ley (1,05), más la base imponible. La razón de ser de este impuesto se encuentra en la subvención estatal. Dado que el Estado subvenciona parte de los gastos que supone producir o importar energía eléctrica, crea un impuesto para que las compañías paguen parte de ese dinero a través de las facturas de los clientes.
A estas cantidades habrá que sumar el alquiler de los contadores, en su caso, y aplicar a la suma total el IVA correspondiente, un 16%, tercer impuesto diferente que el consumidor está obligado a pagar.